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Personas con Discapacidad Integrantes: Elsa Colina Betsy Camacho Johana Amaya Neglys Morles  República Bolivariana de Venezuela  Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Universidad Nacional Abierta Núcleo Turén
Principios de integración para las Personas con Discapacidad  Integración Educativa: Normalización .  Implica proporcionar a las personas que presentan discapacidad, los servicios y las ayudas técnicas para que logren calidad de vida, los beneficios de sus derechos humanos y el desarrollo de sus capacidades.  Integración.  Se refiere a que estas personas tengan acceso a los mismos derechos, oportunidades y tipo de experiencias que tiene el resto de su comunidad, con el fin de que participen activamente en los ámbitos familiar, social, escolar y laboral
Integración Educativa: Así que integración educativa   quiere decir que “ Todos tenemos derecho a las mismas oportunidades, pero cada uno tenemos formas de aprendizaje diferentes y por lo tanto necesitamos formas de enseñanza diferentes. Principios de integración para las Personas con Discapacidad  Sectorización . Consiste en que todos los niños puedan ser educados y recibir los apoyos necesarios cerca del lugar donde viven   Individualización de la enseñanza.  Tiene que ver con la necesidad de adaptar la enseñanza a las necesidades y particularidades de cada estudiante, mediante adecuaciones al currículum. Dar a cada estudiante lo que necesita .
Integración Social: ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],Principios de integración para las Personas con Discapacidad
Principios de integración para las Personas con Discapacidad  Integración Familiar: Muchas familias el integrar o incluir a un hijo o hermano con discapacidad en su vida diaria no es algo fácil. Hay quienes pensarían que esto es algo que se debiera dar en forma natural, pero muchas veces los discapacitados quedan marginados de sus propias familias.  Por tanto, las familias viven un duro duelo, un proceso de aprendizaje largo y difícil con una persona discapacitada, sobre todo cuando son grados severos o profundos de retardo mental, autismo, parálisis cerebral y otros multidéficit; pero deben asumirlo como tal y hacer frente al futuro. La integración e inclusión empieza en casa, con la familia y los círculos cercanos, que discapacitados o no, todos somos personas y nos debemos respeto unos a otros.  De igual manera, las personas discapacitadas pueden hacer una vida normal de casados, llevando relaciones matrimoniales estables y duraderas
Principios de integración para las Personas con Discapacidad  Integración Laboral: LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Capítulo III Del Trabajo y la Capacitación   Políticas laborales Artículo 26.  El ministerio con competencia en materia de trabajo, con la participación del ministerio con competencia en materia de desarrollo social, formulará políticas sobre formación para el trabajo, empleo, inserción y reinserción laboral, readaptación profesional y reorientación ocupacional para personas con discapacidad, y lo que correspondan a los servicios de orientación laboral, promoción de oportunidades de empleo, colocación y conservación de empleo para personas con discapacidad. Formación para el trabajo Artículo 27.  El Estado, a través de los ministerios con competencia en materia del trabajo, educación y deportes, economía popular y cultura, además de otras organizaciones sociales creadas para promover la educación, capacitación y formación para el trabajo, establecerán programas permanentes, cursos y talleres para la participación de personas con discapacidad, previa adecuación de sus métodos de enseñanza al tipo de discapacidad que corresponda.
Principios de integración para las Personas con Discapacidad  Integración Laboral: LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Capítulo III Del Trabajo y la Capacitación   Políticas laborales Empleo para personas con discapacidad Artículo 28.  Los órganos y entes de la Administración Pública y privada, así como las empresas públicas privadas o mixtas, deberán incorporar a sus planteles de trabajo no menos de un cinco por ciento (5 %) de personas con discapacidad permanente, de su nómina total, sean ellos ejecutivos, ejecutivas, empleados, empleadas, obreros u obreras.  No podrá oponerse argumentación alguna que discrimine, condicione o pretenda impedir el empleo de personas con discapacidad.  Los cargos que se asignen a personas con discapacidad no deben impedir su desempeño, presentar obstáculos para su acceso al puesto de trabajo, ni exceder de la capacidad para desempeñarlo. Los trabajadores o las trabajadoras con discapacidad no están obligados u obligadas a ejecutar tareas que resulten riesgosas por el tipo de discapacidad que tengan.
Principios de integración para las Personas con Discapacidad  Integración Laboral: LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Capítulo III Del Trabajo y la Capacitación   Empleo con apoyo integral  Artículo 29.  Las personas con discapacidad intelectual deben ser integradas laboralmente, de acuerdo con sus habilidades, en tareas que puedan ser desempeñadas por ellas, de conformidad con sus posibilidades, bajo supervisión y vigilancia. A tal efecto, el ministerio con competencia en materia del trabajo formulará y desarrollará políticas, planes y estrategias para garantizar este derecho. Inserción y reinserción laboral Artículo 30.  La promoción, planificación y dirección de programas de educación, capacitación y recapacitación, orientados a la inserción y reinserción laboral de personas con discapacidad, corresponde a los ministerios con competencia en materia del trabajo, educación y deportes y economía popular, con la participación del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.
Reflexión
Las personas con discapacidad son tan capaces como cualquier otra, solo que la sociedad ha limitado sus posibilidades, en si la discapacidad no es una condición que haga malas a estas personas, simplemente son diferentes así como todos lo somos, las personas que creemos normales son quienes tienen una discapacidad psicológica, es decir nosotros mismos nos ponemos barreras y decimos que no podemos hacer una u otra cosa o actividad en cambio ellos han demostrado si poder hacer todo lo que se proponen. No cabe duda que la actitud puede ser una discapacidad limitante.
Comentarios  A pesar de que las personas discapacitadas presentan cualquier dificultad motora son capaces de salir adelante enfrentándose a la vida día a día, sin ningún tipo de impedimento en sus mentes, más bien, sueñan cada día con ser mejores y se capacitan mental y físicamente para asumir cualquier reto que la vida les pueda poner.
Experiencias acerca de los que nos pareció la materia  La materia nos pareció agradable ya que nos permitió vivir la experiencia de conocer y entrevistar a estas personas discapacitadas que son jóvenes tan talentosos y creativos capaces de llegar muy lejos sin importarles sus impedimentos, este tipo de persona nos da una gran lección a quienes no tenemos ninguna discapacidad.
 

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  • 1. Personas con Discapacidad Integrantes: Elsa Colina Betsy Camacho Johana Amaya Neglys Morles República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Universidad Nacional Abierta Núcleo Turén
  • 2. Principios de integración para las Personas con Discapacidad Integración Educativa: Normalización . Implica proporcionar a las personas que presentan discapacidad, los servicios y las ayudas técnicas para que logren calidad de vida, los beneficios de sus derechos humanos y el desarrollo de sus capacidades. Integración. Se refiere a que estas personas tengan acceso a los mismos derechos, oportunidades y tipo de experiencias que tiene el resto de su comunidad, con el fin de que participen activamente en los ámbitos familiar, social, escolar y laboral
  • 3. Integración Educativa: Así que integración educativa quiere decir que “ Todos tenemos derecho a las mismas oportunidades, pero cada uno tenemos formas de aprendizaje diferentes y por lo tanto necesitamos formas de enseñanza diferentes. Principios de integración para las Personas con Discapacidad Sectorización . Consiste en que todos los niños puedan ser educados y recibir los apoyos necesarios cerca del lugar donde viven Individualización de la enseñanza. Tiene que ver con la necesidad de adaptar la enseñanza a las necesidades y particularidades de cada estudiante, mediante adecuaciones al currículum. Dar a cada estudiante lo que necesita .
  • 4.
  • 5. Principios de integración para las Personas con Discapacidad Integración Familiar: Muchas familias el integrar o incluir a un hijo o hermano con discapacidad en su vida diaria no es algo fácil. Hay quienes pensarían que esto es algo que se debiera dar en forma natural, pero muchas veces los discapacitados quedan marginados de sus propias familias. Por tanto, las familias viven un duro duelo, un proceso de aprendizaje largo y difícil con una persona discapacitada, sobre todo cuando son grados severos o profundos de retardo mental, autismo, parálisis cerebral y otros multidéficit; pero deben asumirlo como tal y hacer frente al futuro. La integración e inclusión empieza en casa, con la familia y los círculos cercanos, que discapacitados o no, todos somos personas y nos debemos respeto unos a otros. De igual manera, las personas discapacitadas pueden hacer una vida normal de casados, llevando relaciones matrimoniales estables y duraderas
  • 6. Principios de integración para las Personas con Discapacidad Integración Laboral: LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Capítulo III Del Trabajo y la Capacitación Políticas laborales Artículo 26. El ministerio con competencia en materia de trabajo, con la participación del ministerio con competencia en materia de desarrollo social, formulará políticas sobre formación para el trabajo, empleo, inserción y reinserción laboral, readaptación profesional y reorientación ocupacional para personas con discapacidad, y lo que correspondan a los servicios de orientación laboral, promoción de oportunidades de empleo, colocación y conservación de empleo para personas con discapacidad. Formación para el trabajo Artículo 27. El Estado, a través de los ministerios con competencia en materia del trabajo, educación y deportes, economía popular y cultura, además de otras organizaciones sociales creadas para promover la educación, capacitación y formación para el trabajo, establecerán programas permanentes, cursos y talleres para la participación de personas con discapacidad, previa adecuación de sus métodos de enseñanza al tipo de discapacidad que corresponda.
  • 7. Principios de integración para las Personas con Discapacidad Integración Laboral: LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Capítulo III Del Trabajo y la Capacitación Políticas laborales Empleo para personas con discapacidad Artículo 28. Los órganos y entes de la Administración Pública y privada, así como las empresas públicas privadas o mixtas, deberán incorporar a sus planteles de trabajo no menos de un cinco por ciento (5 %) de personas con discapacidad permanente, de su nómina total, sean ellos ejecutivos, ejecutivas, empleados, empleadas, obreros u obreras. No podrá oponerse argumentación alguna que discrimine, condicione o pretenda impedir el empleo de personas con discapacidad. Los cargos que se asignen a personas con discapacidad no deben impedir su desempeño, presentar obstáculos para su acceso al puesto de trabajo, ni exceder de la capacidad para desempeñarlo. Los trabajadores o las trabajadoras con discapacidad no están obligados u obligadas a ejecutar tareas que resulten riesgosas por el tipo de discapacidad que tengan.
  • 8. Principios de integración para las Personas con Discapacidad Integración Laboral: LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Capítulo III Del Trabajo y la Capacitación Empleo con apoyo integral Artículo 29. Las personas con discapacidad intelectual deben ser integradas laboralmente, de acuerdo con sus habilidades, en tareas que puedan ser desempeñadas por ellas, de conformidad con sus posibilidades, bajo supervisión y vigilancia. A tal efecto, el ministerio con competencia en materia del trabajo formulará y desarrollará políticas, planes y estrategias para garantizar este derecho. Inserción y reinserción laboral Artículo 30. La promoción, planificación y dirección de programas de educación, capacitación y recapacitación, orientados a la inserción y reinserción laboral de personas con discapacidad, corresponde a los ministerios con competencia en materia del trabajo, educación y deportes y economía popular, con la participación del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.
  • 10. Las personas con discapacidad son tan capaces como cualquier otra, solo que la sociedad ha limitado sus posibilidades, en si la discapacidad no es una condición que haga malas a estas personas, simplemente son diferentes así como todos lo somos, las personas que creemos normales son quienes tienen una discapacidad psicológica, es decir nosotros mismos nos ponemos barreras y decimos que no podemos hacer una u otra cosa o actividad en cambio ellos han demostrado si poder hacer todo lo que se proponen. No cabe duda que la actitud puede ser una discapacidad limitante.
  • 11. Comentarios A pesar de que las personas discapacitadas presentan cualquier dificultad motora son capaces de salir adelante enfrentándose a la vida día a día, sin ningún tipo de impedimento en sus mentes, más bien, sueñan cada día con ser mejores y se capacitan mental y físicamente para asumir cualquier reto que la vida les pueda poner.
  • 12. Experiencias acerca de los que nos pareció la materia La materia nos pareció agradable ya que nos permitió vivir la experiencia de conocer y entrevistar a estas personas discapacitadas que son jóvenes tan talentosos y creativos capaces de llegar muy lejos sin importarles sus impedimentos, este tipo de persona nos da una gran lección a quienes no tenemos ninguna discapacidad.
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